Es la decisión del empresario dirigida a extinguir el contrato de trabajo fundándose en causas objetivas, pero incurriendo en alguna de estas situaciones: (1) incumplimiento de los requisitos formales previstos legalmente, (2) teniendo como móvil de la extinción alguna de las causas de discriminación prohibidas constitucionalmente, (3) violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. En cualquiera de estos supuestos, la decisión extintiva será nula, debiendo la autoridad judicial hacer tal declaración de oficio.
Estatuto de los trabajadores, artículo 53, modificado por la Ley 11/1994.
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