Enciclopedia jurídica

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Culpa grave

Conocida también por su expresión latina culpa lata, es el grado más amplio de negligencia o de falta de diligencia en el cumplimiento de las obligaciones. En ella, el deudor omite las precauciones más elementales dejando de prever lo que la mayoría de las personas tendrían previsto. Se trata de un grado de culpa que frisa el dolo o malicia; por ello se ha dicho que esta culpa se equipara al dolo (culpa lata dolo aequiparatur). En este mismo sentido, se alude a la culpa con previsión o dolo eventual, cuando el incumplimiento no es directamente querido, pero se han previsto los hechos que, en definitiva, impedirán el cumplimiento. Se trata, pues, de una zona limítrofe entre la culpa lata y el dolo, y en la que el obligado incumplidor puede calificarse de deudor infractor.

Código civil, artículos 1.103 y 1.104.


Culpa en abstracto      |      Culpa in contrahendo