Enciclopedia jurídica

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Contratación publicitaria

Es el conjunto de fórmulas contractuales, tipificadas en su mayor parte por la legislación especialmente aplicable, que estructura las relaciones negociales más habituales entre sus protagonistas habituales y los medios. El anunciante es la persona en cuyo interés se realiza la publicidad; la agencia de publicidad es la persona dedicada profesionalmente a crear, preparar, programar o ejecutar la publicidad por cuenta del anunciante. Los llamados medios de publicidad son las personas, públicas o privadas, que de forma habitual y organizada se dedican a la difusión de publicidad utilizando los soportes o medios de que son titulares.

Ley general de Publicidad, artículos 9 y 10.


Contratación pública directa      |      Contratista