Todo afecto u objeto cargado a bordo de sus bodegas, Cámaras Frías o frigoríficas y en cualquier otro espacio utilizado para el transporte de mercaderías.
Antes de comenzar la carga, el cargador debe suministrar por escrito el transportado una declaración de embarque que contenga un detalle de la naturaleza y calidad de la mercadería o carga que debe transportar, con indicación del número de bultos o piezas, cantidad o peso, según los casos, y las marcas principales de identificación.
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