[DF] Principio del derecho tributario relacionado con la igualdad y la generalidad. A mayor riqueza, mayor contribución. La doctrina distingue entre la capacidad contributiva absoluta, como criterio delimitador del hecho imponible, y la capacidad contributiva relativa, como criterio orientador de la carga tributaria.
CE, art. 31.1.
Capacidad de pago | | | Capacidad jurídica |