(Derecho Internacional Público) Modo de arreglo de los conflictos internacionales consistente en la interposición de una tercera potencia que trata de conciliar a las partes para inducirlas a convenir en una negociación o a recurrir a otro modo de arreglo pacífico.
Mediación ofrecida unilateralmente para lograr un entendimiento entre parles desavenidas o en conflicto. | De modo más estricto, el ofrecimiento espontáneo de un Estado a otro u otros, para lograr, a través de su gestión, un entendimiento amistoso en divergencias surgidas entre ellos. (V. ARBITRAJE. MEDIACIÓN.)
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