[DTr] Organismo de la Seguridad Social denominado «servicio común», con personalidad jurídica propia, en la que, por aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única, se unifican todos los recursos financieros, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias. Tiene a su cargo la custodia de los fondos, valores y créditos y las atenciones generales, así como los servicios de recaudación de derechos y pagos de las obligaciones del sistema de la Seguridad Social.
TRLGSS, art 63.
Seguridad Social.
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