En derecho internacional público, es la conformidad o no conformidad de un estado respecto del representante diplomatico enviado por otro estado.
El pase diplomatico y placet concedido a un embajador u otro diplomatico no es permanente y se revoca mediante la declaración de "persona no grata". Esta declaración obliga al cese de la función y al abandono del país en un término breve y perentorio.
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