Es una de las modalidades de cotitularidad de la propiedad intelectual. La obra es el resultado de una reunión de aportaciones de distintos autores, fundiéndose todas ellas en una creación única y autónoma que realiza el coordinador. Este es la persona que tiene la iniciativa de la obra, la planifica, ordena y publica; para ello, prepara, selecciona y recopila las contribuciones de los distintos autores, las cuales han sido elaboradas con el fin de fundirse en la obra colectiva. El coordinador, que puede ser una persona jurídica, asume, salvo pacto en contrario, la titularidad de la propiedad intelectual de la obra. Dicha titularidad dura sesenta años a contar desde su divulgación. Aunque las aportaciones de los distintos autores sean separables o reconocibles, no cabe atribuir separadamente a cualquiera de los autores algún derecho sobre la obra colectiva.
Ley de Propiedad intelectual, artículo 8.
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