Cuando el contrato nulo tiene un contenido divisible que permite la separación de la parte nula dejando que subsista una parte autónoma del contrato, no afectada directamente por la causa de nulidad, se dice que hay una situación de nulidad parcial. Las reglas aplicables en casos de nulidad son igualmente aplicables a la parte separable del contrato y afectada por la nulidad.
Véase Acto contrario a ley.
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