[DPro] Fase procedi- mental de los recursos devolutivos en la que el recurrente, mediante un escrito, lo formaliza efectuando todas las alegaciones que estime convenientes, proponiendo los medios de prueba de que quiera valerse en el proceso ante el juzgador ad quem y solicitando la celebración de vista, en su caso.
LECiv, arts. 458,471,481; TRLPL, art. 196; LJCA, art. 89; LECrim, arts. 873, 957.
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