(Derecho Civil) , (Procedimiento Civil) “Para el porvenir”. Se emplea sobre todo en materia de prueba con el objeto de indicar que esta es preconstituida, esto es, establecida por anticipado para servir en el caso de un posible proceso. La ley permite al juez ordenar, fuera de toda controversia actual sobre el fondo, las medidas procesales necesarias para la conservación o para el establecimiento de una prueba de la cual podrá depender la solución de un futuro pleito; se habla, por ejemplo de ‘información para perpetua memoria’ o de testimonio in futurum.
In fraudem legis | | | In illo tempore |