(Procedimiento Penal) Medida por la cual un oficial de policía judicial retiene en los locales de la policía durante un tiempo legalmente determinado, a toda persona que, por exigencias de la investigación, tenga que permanecer a disposición de los servicios de policía.
La duración de la guarda de vista depende de la naturaleza de la infracción: es más prolongada cuando la infracción constituye un acto de terrorismo.
Guarda de hecho | | | Guarda del menor |