Enciclopedia jurídica

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Facio ut des

Locución latina: "hago para que des". En el derecho romano, una de las cuatro formas de los contratos innominados, que consistía en que una de las partes realizaba una prestación o un hecho para obtener una cosa de la otra.

Loc. lato que significa hago para que des. Constituye denominación genérica de los contratos innominados en los cuales una de las partes realiza una prestación o ejecuta algún hecho para obtener una cosa de la otra. (V. CONTRATO INNOMINADO, "DO UT FACIAS".)


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