Enciclopedia jurídica

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Delito de muchedumbre

Lo regula por primera vez el código penal italiano de 1930: "haber obrado por sugestión de una muchedumbre en tumulto; cuando no se trata de reuniones prohibidas por la ley o la autoridad, y el culpable no es un delincuente o contraventor habitual o de profesión, o delincuente por tendencia".

La doctrina, en general, ha ido suavizando la responsabilidad de los integrantes de la muchedumbre hasta aceptar la irresponsabilidad de los mismos.


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