Denominado también convenio extrajudicial sobre créditos, es un contrato celebrado entre el deudor común y sus diversos acreedores con objeto de resolver la situación de impago que produce la insolvencia del deudor. Es un contrato de transacción en la medida en que evita un proceso concursal, sea éste de ejecución o de eliminación. Aunque caben todas las formas de convenio prejudicial, buena parte de ellos se inspira en las fórmulas consagradas por el legislador que aprovecha la experiencia secular de soluciones válidas para transmitir el deudor su patrimonio a los acreedores.
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