(Procedimiento Civil) Inconciliabilidad de dos decisiones emitidas entre unas mismas partes, sobre unos mismos medios y en relación con un mismo objeto, que hacen imposible su ejecución respectiva y que dan lugar a casación contra el segundo fallo. Cuando se comprueba la contradicción, se resuelve en provecho del primero y se pronuncia la casación sin reenvío.
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