Dentro del orden jurídico, se dice que hay colisión de derechos cuando de aquello que prescriben del normas de igual categoría surge una contradicción lógica, así por ejemplo dos normas que concedieran a Ticio y a Cayo un mismo derecho exclusivo de dominio sobre determinada heredad, al primero en calidad de heredero del causante y al segundo a título de poseedor.
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