Es el mecanismo financiero que utiliza el Banco de España cuando, con el fin de alcanzar los objetivos de la política monetaria que establezca, decide imponer a las Entidades de Crédito la inmovilización de fondos. Dicho coeficiente tendrá las siguientes características: (1) los fondos inmovilizados se materializarán en depósitos en el Banco de España y, en su caso, en otros instrumentos emitidos por él para detraer liquidez, (2) en la base de cálculo del coeficiente sólo se integrarán los recursos ajenos de las Entidades de Crédito y los activos del público intermediados por ellas, (3) la cuantía total de los fondos inmovilizados por el coeficiente no podrá exceder de cinco puntos porcentuales sobre la base total de cálculo.
Ley de Autonomía del Banco de España, artículo 9.
Coedición plena | | | Coeficiente de ocupación de suelos (C. |