(Derecho Laboral) Documento cifrado, establecido por el jefe de empresa tras de consultar a los representantes del personal y que hace aparecer la situación de la empresa en el ámbito social. La ley del 12 de julio de 1977 y los textos de aplicación determinan rigurosamente los indicadores del balance, a fin de que puedan hacerse comparaciones útiles sobre un lapso mínimo de tres años. Sin embargo, el balance social no es obligatorio sino en las empresas o establecimientos de 300 asalariados por lo menos.
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