[DTr] Manifestación del ejercicio de uno de los derechos básicos de los trabajadores, el derecho de reunión. Constituye un cauce de participación colectiva de los trabajadores en la empresa. Este derecho es inherente a los empleados de la empresa y se ejerce en el mismo lugar de trabajo. Las asambleas de trabajadores se encuentran sometidas a un régimen de convocatoria, orden del día, limitaciones de tiempo, etc., y en la misma pueden adoptarse acuerdos sobre asuntos de la empresa que afecten a los trabajadores del centro de trabajo, ea ET, arts. 77 a 81.
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