(Derecho Civil) Contrato por el cual las personas que están en desacuerdo sobre un asunto cualquiera, convienen en que el apostador cuya opinión se reconozca que era exacta, recibirá de las otras una suma de dinero o alguna otra prestación.
A diferencia del juego, la apuesta no implica ninguna participación de las partes en el acontecimiento tomado en consideración. La ganancia depende únicamente de la verificación del hecho: hecho ya cumplido, pero desconocido de los apostadores, o hecho futuro ajeno a la acción de ellos.
Convención por la cual dos personas, disputando sobre una cosa o un hecho dudoso, estipulan entre sí que, quien resultare no tener razón, entregará al otro cierta cantidad a objeto determinado. También se denomina apuesta la cantidad o cosa destinada al ganador.
Aptitud | | | Apuntamiento |