Se aplica esta denominación al hijo que nace de adulterio: esto es, al hijo de padres que al tiempo de la concepción no podían contraer matrimonio, por estar uno de ellos o ambos casados. (V. HIJO ADULTERINO.) | El padre o madre que han engendrado adulterinamente. | Además, lo referente al adulterio. | Falsificado, con vicio o defecto.
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