El hombre a quien se le ha muerto su mujer y no ha contraído nuevas nupcias. A diferencia de la viuda (v.). la capacidad jurídica del viudo no experimenta alteraciones sensibles por el hecho de perder a su compañera conyugal. No obstante, trae ello consigo diversas situaciones de interés para el Derecho, de aplicación común a las viudas, salvo hacerse la aclaración pertinente.
Viudez | | | Viudo o viuda |