Enciclopedia jurídica

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Reproducción asistida

[DCiv] Medios o técnicas científicas de reproducción del ser humano alternativas a las naturales. Las más importantes son la reproducción in vitro o la inseminación artificial. Jurídicamente plantean problemas respecto de la determinación de la filiación.
Ley 35/1988, de 11 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida.

La también llamada más exactamente reproducción asistida humana, es el conjunto de técnicas de reproducción alternativas a la esterilidad de la pareja humana (técnicas de reproducción asistida o técnicas de reproducción artificial), entre las cuales hay que mencionar la inseminación artificial (IA) en sus dos variantes según el origen del semen: del marido o del varón de la pareja (IAC), o del donante (IAD); por otro lado, está la fecundación in vitro (FIV) con transferencia de embriones (TE). Finalmente, cabe la transferencia intraubárica de gametos (TIG). Estos avances científicos evidencian asincronismo entre la ciencia y el Derecho, que se manifiesta especialmente en los problemas planteados por dichas técnicas reproductivas en relación con la filiación. Para ello, es preciso regular cuestiones relacionadas con el material embriológico utilizado, los donantes del mismo y las receptores de las técnicas referidas.

Ley 35/1988, de 22 de noviembre, regulando la Reproducción asistida humana, artículo 1.


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