Es la que acredita completamente la veracidad del hecho controvertido en el sentido en que la prueba ha sido propuesta y realizada. Cuando el hecho sólo ha quedado probado indiciariamente, se dice que hubo prueba semiplena o principio de prueba. Se trata, en definitiva, de tipos de prueba por los resultados obtenidos con ella. Si se tiene en cuenta la intención de la prueba en cuanto al momento de su producción, se habla de prueba preconstituida para referirse a la realizada antes del proceso, como sucede generalmente con la documental; y se habla de prueba casual para aludir a la propuesta dentro del proceso, como la mayoría de las testificales.
Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 550 a 666.
Se dice de la que demuestra cabalmente un hecho.
Prueba pericial médico | | | Prueba preconstituida |