Es la que una persona, llamada promitente, hace a una persona indeterminada comprometiéndose a recompensar económicamente un acto o un servicio determinado. Aunque el esquema contractual no aparece aquí con la nitidez de la concurrencia de voluntades, se valora la razonable expectativa que la promesa ha suscitado y la confianza que alguien puede depositar en la promesa. De esta manera, se estima que los problemas derivados de aquélla deberán resolverse utilizando las reglas aplicables a los contratos.
Código civil, artículo 1.254.
Promesa | | | Promesa “post mortem |