Enciclopedia jurídica

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Incapacidad permanente parcial

[DTr] Situación en que se encuentra un trabajador que, sin alcanzar el grado de incapacidad permanente total, sufre una disminución no inferior al 33 por 100 en el rendimiento normal que tiene en el trabajo habitual sin impedirle realizar las tareas fundamentales. El trabaja- dor tiene derecho a una indemnización a tanto alzado.
fia TRLGSS, arts. 137 a 143; STSJ Extremadura 23-02-2000; STSJ Andalucía 25-05-2000.


Incapacidad permanente absoluta      |      Incapacidad permanente parcial (I.P.P.)