La mayoría de las legislaciones incluyen normas sobre este particular por la importancia y situaciones delicadas que engendra su funcionamiento.
Es el medio primordialmente decisivo, dado los caracteres del bien en cuestión, de que puede valerse el acreedor del propietario o armador del buque para obtener seguridad sobre la efectivización
de su crédito o ejecutabilidad exitosa de la sentencia que pretenda a su favor.
En estos supuestos la celeridad con que se otorga y tramita el embargo es fundamental para el acreedor, atento a la brevedad de los períodos de tiempo en que los buques suelen permanecer en puerto.
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